El streaming está en su mejor momento

+ $28B ingresos globales

La mayoría de músicos
no vive del streaming

La música colombiana está sonando más que nunca.

Pero quienes la crean, no están recibiendo lo justo.

Millones de reproducciones no significan ingresos reales para la mayoría de artistas. Esto no es sostenible.

Es momento de hablar de regalías justas.

#MiMusicaMisRegalias

¿A dónde va el dinero?

¿Cómo se distribuyen los ingresos netos del streaming entre los distintos agentes de la industria?

Las demandas de redefinición del modelo de distribución se fundamentan en datos.

Quiénes intervienen en la creación y publicación online de una canción.

Los que saben

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Maria Woods

Lawyer

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Gabrielle Wilma

CEO

Porque sin músicos no hay música…

y sin música no hay industria

Más protección
Más reconocimiento
Más remuneración justa

Preguntas Frecuentes

¿Qué son los derechos de propiedad intelectual?

Son los derechos legales que protegen las creaciones musicales. En la industria existen dos tipos principales: los derechos de autor, que protegen la obra (letra y música) y pertenecen a compositores y autores, y los derechos conexos, que protegen la grabación y la interpretación, es decir, a los artistas intérpretes, músicos ejecutantes y productores fonográficos. En términos prácticos, una misma canción tiene al menos dos capas de derechos: la obra y el máster.

En el entorno digital no existe una tarifa fija por reproducción. Las plataformas operan bajo un modelo proporcional (pro-rata): reúnen todos los ingresos generados por suscripciones y publicidad en un fondo común, y luego lo distribuyen según la participación de cada canción en el total de reproducciones. Es decir, el valor que recibe una canción depende de su peso relativo frente al total de streams. De ese total, la plataforma retiene aproximadamente un 30% y el restante se distribuye entre los titulares de derechos, quienes a su vez lo reparten según contratos.

La gestión depende del tipo de derecho. Los derechos de autor suelen ser administrados por sociedades de gestión colectiva como SAYCO, mientras que los derechos conexos de intérpretes y ejecutantes son gestionados por entidades como ACINPRO. Sin embargo, en el caso del streaming, gran parte de la gestión no pasa por estas entidades sino por acuerdos privados entre plataformas y sellos discográficos o distribuidores.

¿Cómo puedo cobrar estos derechos?

Depende del rol que tengas dentro de la cadena. Si eres autor, debes afiliarte a una sociedad de gestión, registrar tus obras y recibir pagos por usos como radio o ejecución pública. Si eres intérprete o músico, debes registrarte en entidades de derechos conexos para recibir esos ingresos. En el caso del streaming, el cobro generalmente ocurre a través de contratos con sellos o distribuidores digitales; es decir, no hay un pago directo automático al artista, sino que depende de cómo esté estructurado su acuerdo.

Las plataformas no pagan una tarifa fija, pero existen rangos estimados. Spotify suele pagar entre USD $0.003 y $0.005 por reproducción, Apple Music entre USD $0.007 y $0.01, y YouTube entre USD $0.0005 y $0.002. Estos valores son aproximados, variables y corresponden a montos brutos antes de cualquier reparto contractual o deducciones.

Las plataformas no pagan directamente al artista en la mayoría de los casos. El flujo habitual es que paguen a los titulares de derechos, principalmente sellos discográficos o distribuidores digitales, quienes luego distribuyen los ingresos al artista según el contrato. En el caso de los derechos de autor, los pagos pueden ir a editoriales o sociedades de gestión colectiva. En resumen, el artista suele estar al final de la cadena de pago y su ingreso depende de los acuerdos previos que haya firmado.

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